UN ALCALDE CAUTELOSO, PARA LO QUE QUIERE.

En los últimos meses con las obras que pretenden traer el AVE hasta la puerta de nuestra casa estamos asistiendo a muchas noticias al respecto como que por parte del Ayuntamiento se va a dar una mísera ayuda a las personas que tienen comercios en la zona del paso a nivel de Santiago el Mayor para amortiguar la pérdida de ingresos económicos en sus actividades a causa del cierre del paso a nivel o que el Sr. Delegado del Gobierno diga que no existe delito ambiental en las obras que se están haciendo porque hay una sentencia dictada en la Audiencia Nacional que así lo indica. Lo primero no deja de ser como decíamos una miseria y que veremos cómo afecta tributariamente a las personas que puedan resultar beneficiadas. Y lo segundo, viniendo de un señor que ha ejercido la profesión de Abogado, es una mentira enorme puesto que la sentencia era en la vía contencioso administrativa respecto de una norma ambiental en la que a la Fiscalía dejaron sorprendida, igual que a quienes seguimos ese proceso, porque no le reconocían legitimación para defender el bien común que es el Medio Ambiente que recoge el Artículo 45 de la Constitución. La íntegra totalidad de la sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia nacional se dedica a impedir la entrada de la Fiscalía de Medio Ambiente de la Región de Murcia en el asunto, no quieren , bajo ningún concepto que se investigue los entresijos de esta obra «modélica» por si acaso se descubriese algo inconveniente, que no bebiese salir a la luz. Esta resolución judicial se centra exclusivamente en desautoriozar al Ministerio Fiscal, dedicándole lindezas como: «denuncia (de la fiscalía) que parece fundamentarse más en la extensión de los argumentos que en la consistencia de éstos». No entra en el fondo del asunto en ningún momento, que no es ,ni más ni menos,que la ilegalidad del proyecto de llegada del A.V.E. en superficie. Sintéticamente, la sentencia vendría a decir, con otras palabras: Sr. Fiscal, Meta sus jurídicas narices en otro lado.

 

Ahora bien todas estas cosas, y otras más se podrían haber evitado sí el Sr. Ballesta hubiera indicado a los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, que interpusieron un proceso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional porque las obras vulneran el Medio Ambiente municipal y el Plan General de Ordenación Municipal por una decisión del Pleno, que hubieran procedido a solicitar como medida cautelar la suspensión de las obras para traer el AVE en superficie y así evitar molestias como ruidos y vibraciones como está sucediendo así como el cierre de los pasos a nivel entre la zona sur y norte de nuestra Ciudad. Pero nuestro Alcalde, a la sazón Vicepresidente de Murcia Alta Velocidad S.A., como garante del Medio Ambiente en el municipio se ha olvidado de instar esta cuestión o la ha ignorado de manera cautelosa para no perjudicar los intereses particulares de quienes realmente ganan con la llegada del AVE en superficie y no del interés general y el de muchas personas que vivimos en el sur de la Ciudad.

 

Para que se hagan una idea, la justicia cautelar constituye una parte sustancial del derecho a la tutela judicial efectiva. El Tribunal Constitucional, en la Sentencia 14/1992, ya refiere que la tutela judicial no es tal sin medidas cautelares que aseguren el efectivo cumplimiento de la resolución definitiva que recaiga en el proceso.

 

Por tanto el no haber instado la medida cautelar de suspensión de la obra implica por tanto lo que decíamos, que nuestro cauteloso Alcalde no quiere evitar con las potestades que tiene que llegue el AVE en superficie y esta cuestión es necesaria que sea conocida para que podamos valorar realmente cual es el grado de desafección que tiene por las decisiones del Pleno y por el bienestar de las personas que vivimos al otro lado de las vías y como con esta actuación se va a producir una situación irremediablemente injusta que no deberíamos soportar.

COLECTIVO JURÍDICO LAS VÍAS